<p>Borja Ocio<p />

Borja Ocio

Abogado - Responsable del Departamento Bancario y Consumo

Una financiera condenada a pagar 5000 euros a una guipuzcoana por intereses abusivos

Caso de éxito de Hidalgo Abogados & Asesores

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Irún ha resuelto que los préstamos suscritos por una guipuzcoana con la financiera online MYKREDIT son usurarios y, por tanto, nulos. La financiera tendrá que pagar a la afectad el importe de 5.000 euros, que es la diferencia entre el capital que pidió prestado y el dinero que terminó pagando.

Los préstamos en cuestión son un tipo de préstamo de dinero rápido de concesión casi automática que se comercializan de forma online sin dar muchas explicaciones sobre el tipo de interés aplicado. Son comúnmente conocidos como “micropréstamos” o “microcréditos”. Mientras el tipo de interés de un préstamo al consumo como para la compra de un coche suele rondar el 10%, en este caso, los préstamos comercializados poseen tipos de interés totalmente desorbitados que ascienden hasta el 4.000%. Estos préstamos online se caracterizan por ser de cuantías pequeñas que han de ser devueltos en plazos muy cortos, que pueden ser de días o de un mes. Como la diferencia entre el importe prestado y el coste de crédito parece pequeña, el cliente no es consciente que ese coste anualizado arroja un tipo de interés que se encuentra totalmente fuera de mercado.

La Sentencia número 293/2025, de 10 de noviembre, de este Juzgado pone el foco en esta clase de prácticas abusivas con los consumidores. Considera que los tipos de interés aplicados por la financiera online son contrarios a la Ley de la Represión e la Usura de principios de siglo XX, que todavía hoy sigue vigente. Para ello, compara los tipos de interés aplicados por la demandada con la media de los tipos medios de préstamos al consumo aplicados por las entidades financieras que publica mes a mes el Banco de España.

La financiera demandada pretendía, por su parte, que se desestimara la demanda interpuesta por la afectada puesto que consideraba que los tipos de interés aplicados no se debían de comparar con los préstamos al consumo sino con la media de los préstamos de este tipo aplicados por financieras de su mismo ámbito. Y es que existen otras muchas entidades de crédito rápido que aplican tipos de interés que superan el 1000% al igual que MYKREDIT. Considera que no es acorde a derecho que se comparen sus préstamos con los préstamos comunes del resto de entidades financieras.

La jueza hace caso omiso a estas alegaciones y declara la nulidad de todos los préstamos. Ello implica que es como si no hubieran existido. La afectada solo queda obligada a devolver el dinero que le han prestado y la prestamista es condenada a devolver todo lo que exceda de ese importe, esto es, 5.000 euros. Asimismo, MYKREDIT tendrá que hacerse cargo del pago de las costas de abogado y procurador en las que incurrido su clienta para tramitar la reclamación judicial.

Este fallo ha de ponerse en relación con el anteproyecto de Ley de crédito al Consumo que se ha presentado el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y que quiere poner coto a estas prácticas usurarias. Según esta normativa, esta clase de entidades que ofrecen préstamos sin análisis de solvencia de forma online, tendrán que ofrecer estos productos con unos plazos mínimos devolución, con unos límites máximos a los tipos de interés a aplicar y unos límites a las comisiones que podrán cobrar a sus clientes.

No obstante, esta normativa no se encuentra todavía en vigor y, por tanto, estas entidades, de momento, se encuentran de momento en un limbo legal, puesto que no existe una normativa específica que regule la actividad de su sector. Mientras tanto, miles de personas, que no pueden acceder a crédito por los canales habituales por problemas de solvencia, esto es, por entidades financieras sujetas a una normativa más protectora con los consumidores y que están supervisadas por el Banco de España, siguen cayendo en la trampa de solicitar dinero a estas entidades con condiciones opacas.

Si un consumidor cree que ha podido verse afectado por esta clase de prácticas, lo primordial es que se ponga en contacto con un despacho de abogados, a fin de que le revisen la documentación y valore si es posible iniciar los trámites de la reclamación. Hay que tener en cuenta que existe un plazo de prescripción de 5 años a contar desde que se realiza el pago de las cuotas de los diferentes préstamos. Todo lo pagado anteriormente estaría prescrito. Por ello, es importante actuar con celeridad.