Prestación CUME: qué es y qué debe conocer una empresa

Cuando un trabajador tiene a su cargo un menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave, la necesidad de cuidados puede hacer incompatible, durante un determinado periodo de tiempo, el mantenimiento de la jornada laboral habitual.
Para dar respuesta a estas situaciones existe la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME), una prestación económica de la Seguridad Social cuyo objetivo es compensar la pérdida de ingresos que se produce cuando la persona trabajadora debe reducir su jornada para atender al menor.
¿En qué situaciones puede reconocerse?
La prestación protege la reducción de jornada que realizan determinados progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente para el cuidado de un menor afectado por cáncer o por alguna de las enfermedades graves incluidas en la normativa.
No es suficiente con que exista un diagnóstico de enfermedad grave. La situación protegida exige que la enfermedad implique, en los términos establecidos legalmente, un ingreso hospitalario de larga duración y la necesidad de cuidado directo, continuo y permanente durante la hospitalización y el tratamiento continuado.
¿Quién puede ser beneficiario?
Pueden acceder a la prestación las personas trabajadoras por cuenta ajena y, en los términos previstos legalmente, también las trabajadoras por cuenta propia y asimiladas, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
Con carácter general, deben encontrarse afiliadas y en alta en el sistema de Seguridad Social y acreditar los correspondientes períodos mínimos de cotización cuando sean exigibles.
En este caso, resulta especialmente importante cumplir con los plazos establecidos. La solicitud deberá presentarse dentro de los tres meses siguientes al inicio de la reducción de jornada.
Asimismo, debe tenerse en cuenta que únicamente una persona de la unidad familiar puede percibir la ayuda de forma simultánea. No obstante, si ambos progenitores cumplen los requisitos establecidos, podrán alternarse en el disfrute del subsidio por períodos no inferiores a un mes.
¿Qué reducción de jornada permite?
Uno de los elementos fundamentales de la CUME es la reducción de jornada. Para tener derecho al subsidio, la reducción debe ser, con carácter general, de al menos un 50 % de la jornada y puede llegar al 99,99%.
La prestación se reconoce en proporción al porcentaje de reducción. Es decir, la reducción de jornada y la prestación económica están directamente relacionadas.
¿Qué papel tiene la empresa?
Aunque la prestación económica no constituye un salario que deba abonar directamente la empresa, la empresa sí interviene en la situación laboral que da origen a la prestación.
La reducción de jornada afecta directamente a la relación laboral y debe gestionarse correctamente. Además, será necesario aportar la documentación empresarial que corresponda para la tramitación de la prestación. En este caso, la empresa debe facilitar un certificado con la base de cotización del mes anterior al inicio de la reducción de jornada y otro que indique la fecha en que comenzó dicha reducción, el porcentaje aplicado y la referencia al artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.
La solicitud y la documentación necesaria se presentan ante la entidad gestora correspondiente — INSS — o ante la mutua colaboradora con la Seguridad Social cuando corresponda.
En definitiva, la CUME no es únicamente una cuestión entre el trabajador y la Seguridad Social. La empresa interviene en la gestión de la reducción de jornada y debe conocer sus obligaciones, la documentación necesaria y las consecuencias laborales y organizativas que pueden derivarse de esta situación.
Una correcta gestión permite evitar errores y, al mismo tiempo, facilita que la persona trabajadora pueda ejercer los derechos que le corresponden en un momento especialmente complejo.
Conocer la CUME antes de que se presente el primer caso también forma parte de una adecuada gestión laboral. Si tienen dudas o necesitan más información no duden en ponerse en contacto con nosotros.
