El juicio de incapacidad permanente

El procedimiento para solicitar una incapacidad permanente comienza en la vía administrativa, es decir, la solicitud se realiza ante el propio INSS.
Sin embargo, muchas de estas solicitudes no tienen éxito, obligando al usuario a acudir a la vía judicial para que sea el juez de lo social quien valore y determine si el INSS tenía razón o no, y en este último supuesto, reconozca al usuario una incapacidad permanente.
Los juicios de incapacidad permanente son especialmente duros para el usuario.
- En primer lugar, por no ser esta una materia urgente y señalarse fecha para la vista oral meses después de la presentación de la demanda. Por tanto, es un proceso largo y que puede dilatarse mucho en el tiempo.
- En segundo lugar, por verse el usuario preguntado, examinado e incluso cuestionado sobre su estado de salud en una sala de vistas rodeada de desconocidos.
- Y en último lugar, por necesitar un perito médico que aporte al procedimiento una visión profesional que apoye la petición de incapacidad permanente de una manera técnica y profesional.
En los juicios de IP es especialmente importante la parte en la que se practica la prueba, que al igual que en el resto de juicios de la jurisdicción social, siguen el siguiente orden.
- Interrogatorio de parte
- Documental
- Declaración de testigos
- Pericial
Prueba pericial
A pesar de que toda la prueba practicada es importante, cabe destacar la prueba pericial en los juicios de incapacidad.
Es un documento técnico elaborado por un médico perito totalmente ajeno al INSS y a las Mutuas y por tanto, se presume total objetividad a la hora de evaluar la situación médica del usuario.
En dicho documento, se detallan las dolencias y patologías del usuario y sobre todo, se analiza la compatibilidad de estas con su profesión habitual o incluso con cualquier profesión.
El contenido del documento debe de ser ratificado por el perito médico que lo ha elaborado en la propia sala de vistas de manera oral, procurando que el juez entienda de la manera más clara posible el cuadro clínico de la persona que tiene delante y sobre todo, las conclusiones del perito médico sobre la posibilidad o no de continuar en el mercado laboral.
Aunque el juez no está obligado a asumir el contenido del informe pericial, si debe tenerlo en consideración a la hora de emitir sentencia a través de la cual conceda o no una incapacidad permanente al usuario solicitante.
Parece clara la importancia de la prueba en general en este tipo de juicios, y en especial el informe pericial.
Ya que aunque un cuadro clínico pueda parecer claramente merecedor de una incapacidad permanente, es imprescindible un buen asesoramiento desde el primer momento para que la vista oral se realice de manera correcta y sobre todo, habiendo dado de manera correcta todos los pasos previos.
En Hidalgo Abogados y Asesores somos especialistas en la materia, por lo que si te ves en la obligación de judicializar este tipo de reclamaciones, cuenta con nosotros.
