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Complemento de maternidad para padres pensionistas
En el año 2016 se modificó la Ley General de la Seguridad Social, introduciendo en nuestro sistema de pensiones un COMPLEMENTO DE MATERNIDAD.
La finalidad de este complemento era incrementar la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente de las mujeres que tuvieran 2 o más hijos (biológicos o adoptados), siendo la razón de ser de este incremento el reconocer su aportación demográfica.
A finales del 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en aplicación de la Directiva 79/7 de la Unión Europea de 1978, consideró que esta normativa estatal era discriminatoria por razón de sexo.
Por tanto, de acuerdo con el Tribunal europeo, los hombres a los que les hubiera sido reconocida una prestación contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente a partir de enero de 2016, tendrían derecho al cobro de este complemento viendo así aumentado el importe de su pensión.
Actualmente, los Tribunales españoles están reconociendo el derecho al percibo de este complemento a los hombres que, teniendo una pensión reconocida a partir de enero de 2016 y sean padres de dos hijos o más.
Teniendo esto en cuenta, la pensión se podría ver incrementada mensualmente entre 50€ y 350€.
¿Qué tengo que hacer?
Usted solamente tendrá que facilitarnos la siguiente documentación:
- Copia de su DNI.
- Copia de la Resolución en la que le reconocieron la prestación.
- Copia del libro de familia para poder acreditar el número de hijos.
Del resto nos encargaremos nosotros.
Incapacidad permanente
Ayudamos a las personas a conseguir una incapacidad permanente en cualquiera de sus modalidades cuando su estado de salud no les permita continuar con su actividad laboral.
Asistimos a nuestros clientes en la reclamación para el reconocimiento de su pensión tanto en vía administrativa como en sede judicial.
En caso de que ya exista una pensión reconocida, la revisamos para comprobar si existe la posibilidad de incrementarla de acuerdo las circunstancias concretas, y todo ello haciendo que todo este complejo proceso sea lo más llevadero posible para nuestros clientes.
Despidos
Asesoramos y defendemos a particulares en casos de despido, garantizando que se respeten sus derechos laborales. Entendemos que un despido puede generar incertidumbre y preocupación, por lo que trabajamos de manera cercana con cada cliente, brindando el apoyo legal necesario para impugnar despidos injustificados, negociar indemnizaciones justas y asegurar que se cumpla con la normativa laboral vigente.
Resolución de conflictos
Nos especializamos en la resolución de conflictos laborales, brindando un enfoque integral que prioriza la mediación y el acuerdo entre empleadores y trabajadores. Sabemos que los conflictos laborales pueden generar tensiones y afectar el ambiente de trabajo, por lo que trabajamos para alcanzar soluciones justas sin necesidad de recurrir a largos procesos judiciales. Nuestro objetivo es proteger los derechos de nuestros clientes mientras promovemos un clima de entendimiento mutuo.
Si no es posible llegar a un acuerdo, nuestro equipo está preparado para defender a nuestros clientes ante los tribunales, asegurando una representación sólida en casos de despidos, reclamaciones salariales o cualquier tipo de conflicto relacionado con el ámbito laboral. Nos comprometemos a ofrecer un servicio personalizado que garantice una resolución efectiva y rápida.
Complemento brecha de género para padres pensionistas
En el mes de mayo de 2025, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que este complemento, el cual fue creado en el año 2021 para cualquier persona que accediera a la situación de pensionista (jubilación, incapacidad o viudedad) siempre y cuando hubiera tenido hijos, es discriminatorio.
El motivo se basa en que, dependiendo de si eras hombre o mujer, la ley establecía el cumplimiento de distintos requisitos, más difíciles de cumplir en el caso de los hombres.
Al igual que ya ocurrió en el año 2019 con el anterior complemento, comúnmente llamado complemento de maternidad, el cual existió entre el año 2016 y febrero de 2021, Europa vuelve a declarar la discriminación que nuestro ordenamiento jurídico establece para tener derecho a este.
Por tanto, si eres hombre pensionista, tienes o has tenido hijos, y tienes la pensión reconocida a partir del 04 de febrero de 2021 podrías tener derecho a este complemento.
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Podemos conseguir que incrementes tu pensión en 35,9€ por cada hijo con el límite de 143,6€ mensuales, abonados en las 14 pagas en las que se recibe la prestación por jubilación, incapacidad o viudedad.
Además, podemos conseguir que el INSS te abone todo el complemento no percibido desde el momento en el que empezaste a cobrar la pensión. Esto es, los atrasos por no haber cobrado este complemento desde el principio.
Para ello, necesitaríamos la copia de la resolución en la que reconocen la prestación, el libro de familia para acreditar el número de hijos, y saber si la madre de esos hijos es pensionista en este momento.
Del resto nos encargamos nosotros.
Contacta con nuestro equipo sin compromiso. Estamos aquí para proporcionarle orientación experta y evaluar su situación de manera detallada, ofreciéndole opciones claras y estrategias personalizadas que se adapten a sus necesidades específicas.
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