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Borja Ocio

Abogado - Responsable del Departamento Bancario y Consumo

El TJUE avala las reclamaciones por el cártel de coches: los afectados podrán reclamar hasta 2026

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su esperada sentencia publicada el 4 de septiembre de 2025, ha puesto fin a años de incertidumbre jurídica sobre el alcance temporal de las reclamaciones derivadas del denominado cártel de coches.

Tras resoluciones dispares de juzgados y audiencias provinciales en toda España, el TJUE ha dejado claro que las acciones de responsabilidad civil por daños y perjuicios no están prescritas y que los consumidores tendrán hasta 2026 para ejercitar sus reclamaciones. Se trata de una decisión de gran trascendencia práctica, pues millones de compradores de vehículos adquiridos entre 2006 y 2013 resultaron potencialmente perjudicados por las prácticas restrictivas de la competencia de los principales fabricantes de automóviles sancionados en su día por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

¿Por qué hasta 2026? Esta es la fecha en la que se cumplen 5 años desde la publicación varias sentencias del Tribunal Supremo que confirman la sanción impuesta por la CNMC en 2015 a los principales fabricantes de automóviles en España. Los fabricantes sancionados por la CNMC en 2015 recurrieron, en primer lugar, ante la Audiencia Nacional, que desestimó sus pretensiones y, en segundo lugar, acudieron al Supremo, que también desestimó sus recursos. Ahora bien, este plazo de cinco años puede ser interrumpido por cualquiera de los afectados. Bastaría con el envío de una comunicación al fabricante del coche en cuestión para interrumpir el plazo de prescripción y poner el contador de nuevo a cero.

La sentencia del TJUE corrige la interpretación mantenida por algunos tribunales españoles que, en los últimos años, habían venido considerando que el plazo de cinco años debía computarse desde la resolución de la CNMC de 2015. Ese enfoque suponía, en la práctica, que muchas reclamaciones ya estarían prescritas entre 2020 y 2021, antes incluso de que el Tribunal Supremo confirmara las sanciones. El TJUE rechaza de plano esta visión y advierte que tal criterio sería contrario al Derecho europeo de la competencia y al principio de efectividad que protege a las víctimas de cárteles. Si los plazos comenzaran a contar desde resoluciones aún susceptibles de recurso, los perjudicados se verían obligados a litigar a ciegas, con el riesgo de que una eventual anulación de la sanción arruinara sus demandas y les condenara en costas. En palabras más sencillas, el tribunal europeo entiende que los consumidores deben disponer de un plazo real y efectivo para reclamar, y ese plazo solo puede empezar cuando existe plena seguridad jurídica, esto es, cuando la sanción deviene firme.

La sentencia supone un auténtico balón de oxígeno para los afectados por el cártel de coches. Muchos juzgados habían venido desestimando demandas por entenderlas prescritas, lo que generaba frustración y desconfianza en los afectados. Ahora, el TJUE despeja las dudas: aún estamos a tiempo de reclamar. El impacto es masivo, ya que se calcula que la práctica totalidad de los vehículos vendidos en España entre 2006 y 2013 estuvieron afectados por las conductas anticompetitivas de las marcas. Hablamos de cientos de miles de posibles reclamaciones, con indemnizaciones que parten como mínimo del 5% del precio de adquisición del vehículo, a los que se tiene que sumar los intereses legales a contar desde la fecha de compra.

La resolución del TJUE no solo aporta claridad, sino que refuerza la confianza en el sistema de protección de los consumidores y los profesionales en el ámbito europeo. Deja claro que las víctimas de prácticas anticompetitivas, que pueden ser tanto particulares como empresas y profesionales, no deben verse privadas de sus derechos por interpretaciones restrictivas que favorezcan a las empresas infractoras. Para los afectados, el mensaje es inequívoco: todavía hay tiempo para reclamar, pero no conviene demorar la decisión. El plazo de 2026 marca un horizonte claro, y cuanto antes se ejerciten las acciones, más sencillo será asegurar las pruebas y calcular los daños. La sentencia del TJUE confirma, en definitiva, que la justicia europea está del lado de los consumidores y profesionales afectados.

Ahora la pelota está en el tejado de los perjudicados, que cuentan con una oportunidad única de hacer valer sus derechos frente a un cártel que alteró de manera injusta el mercado de la automoción en España.

Por Borja Ocio Ferrández, responsable de bancario y consumo.

Publicado en Cinco Días.