Amortización contable vs fiscal: cómo ajustar correctamente el cierre contable

En el mundo de la contabilidad, las cosas no duran para siempre. Ese ordenador o esa furgoneta de reparto pierden valor cada día que pasa. Sin embargo, registrar esa pérdida no es solo una cuestión de «sentido común», es un baile entre la realidad de tu negocio y lo que la norma permite.
Por esta razón, la amortización permite reflejar en la contabilidad la pérdida de valor de los activos por el uso, el paso del tiempo o la obsolescencia tecnológica. Sin embargo, el criterio contable no siempre coincide con el tratamiento fiscal permitido por la normativa. Entender estas diferencias es esencial para realizar correctamente el cierre contable y planificar la tributación de la empresa.
Vamos a explicarlo todo paso a paso.
¿Qué es la amortización?
La amortización es el reconocimiento contable de la depreciación que sufre un elemento del inmovilizado debido a tres factores: el uso, el paso del tiempo o la obsolescencia tecnológica.
Desde un punto de vista financiero, no es un pago de dinero, sino un gasto que reduce el beneficio contable, permitiendo a la empresa «ahorrar» para reponer ese activo en el futuro.
La amortización contable (la realista), se basa en la vida útil real del activo. Si tú estimas que tu maquinaria funcionará 5 años, amortizarás un 20% anual. El Plan General de Contabilidad exige que este cálculo sea sistemático y racional.
La amortización fiscal (la legal), es la que Hacienda te permite deducir en el Impuesto sobre Sociedades. En Gipuzkoa, esto se rige por unas tablas oficiales que marcan coeficientes máximos y periodos de años máximos.
¿Qué pasa si no coinciden?
Si amortizas contablemente más rápido que lo que permite la norma fiscal, tendrás que realizar un ajuste extracontable positivo en tu declaración de impuestos. Es decir, pagarás más hoy para deducir ese gasto más adelante. Y viceversa, si amortizas más lento.
La libertad de amortización
La libertad de amortización permite, deducirte fiscalmente una amortización superior a la contable, de modo que nos permite anticipar la deducción fiscal en la medida que se decida, dentro del régimen aplicable, desde la entrada en funcionamiento del activo.
A la hora de aplicar la libertad de amortización, se tendrá en cuenta siempre la amortización contabilizada como amortización fiscal mínima. Esto quiere decir que dentro de la libertad de amortización no es posible amortizar fiscalmente menos que la amortización mínima.
Asimismo, el exceso fiscal se incluye mediante ajuste extracontable negativo y la reversión está expresamente articulada: ajustes positivos cuando el bien ya esté amortizado fiscalmente y en transmisión, integración de ajustes negativos pendientes por minoración del valor fiscal.
Por otra parte, es importante mencionar que para aplicarse la libertad de amortización existen algunos requisitos, como, por ejemplo:
- Ser empresa de reducida dimensión, esto quiere decir que se facture menos de 10 millones de euros.
- Solo se puede aplicar en inmovilizados que sea nuevos y que estén afectos a la actividad.
Y entre otros requisitos a señalar, algunas de las inversiones requieren el incremento de plantilla.
La libertad de amortización suele ser mejor para empresas con beneficios que busquen reducir su carga fiscal de forma inmediata, ya que esto les permite deducirse inversiones de golpe el primer año anticipando el gasto fiscal y mejorar de esta forma la liquidez, aunque finalmente el total a pagar será el mismo.
Así como la amortización normal ofrece estabilidad y es preferible para una planificación fiscal constante en empresas con beneficios bajos.
Por todo lo anterior, es conveniente analizar cada caso en concreto para determinar si realmente es conveniente aplicarlo, en qué momento y sobre qué inversiones. Una planificación adecuada puede marcar la diferencia entre una simple deducción fiscal y una verdadera estrategia de optimización.
