Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE): qué deben saber las empresas antes de contratar

Cada vez es más habitual que las empresas colaboren con profesionales autónomos para desarrollar parte de su actividad. Sin embargo, no todos los autónomos tienen la misma relación con sus clientes.
Existe una figura específica, regulada por la legislación española, que genera numerosas dudas tanto para empresas como para trabajadores por cuenta propia: el Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE).
Conocer qué implica esta modalidad resulta fundamental para evitar conflictos laborales, incumplimientos legales y riesgos económicos.
¿Qué es un Autónomo Económicamente Dependiente?
Un Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE) es un profesional autónomo que desarrolla su actividad de forma habitual para un único cliente del que obtiene, al menos, el 75 % de sus ingresos.
Aunque sigue siendo un trabajador autónomo y mantiene su independencia organizativa, la ley reconoce que existe una especial dependencia económica respecto de ese cliente principal.
Por este motivo, esta figura cuenta con una regulación específica que establece determinados derechos y obligaciones para ambas partes.
¿Cuándo puede considerarse un TRADE?
Para que un autónomo sea considerado económicamente dependiente deben cumplirse, entre otros, los siguientes requisitos:
- Obtener al menos el 75 % de sus ingresos de un mismo cliente.
- Organizar su actividad con criterios propios.
- Asumir el riesgo y ventura de su actividad.
- Disponer de medios materiales propios cuando la actividad lo requiera.
- No contratar trabajadores ni subcontratar parte de la actividad, salvo las excepciones legalmente previstas.
- Formalizar un contrato por escrito con el cliente y registrarlo.
No basta con emitir facturas siempre a la misma empresa. Es necesario que concurran todos los requisitos establecidos legalmente.
¿Qué obligaciones tiene la empresa?
Cuando una empresa trabaja con un TRADE debe asegurarse de que la relación cumple con la normativa vigente.
Entre otras cuestiones, resulta recomendable:
- Formalizar correctamente el contrato.
- Analizar si realmente concurren los requisitos legales.
- Definir adecuadamente el objeto de la colaboración.
- Evitar situaciones que puedan interpretarse como una relación laboral encubierta.
¿Qué errores es el más frecuente?
Uno de los errores más habituales consiste en considerar que cualquier profesional que factura como autónomo puede prestar servicios de forma indefinida sin mayor análisis jurídico o fiscal.
Un incorrecto estudio de la relación puede dar lugar a:
- Regularizaciones de cotizaciones a la Seguridad Social.
- Reclamaciones laborales.
- Sanciones administrativas.
- Costes económicos derivados de procedimientos judiciales.
Por ello, antes de iniciar una colaboración estable con un autónomo conviene analizar cada caso de manera individual.
En Hidalgo Abogados y Asesores ayudamos a empresas y profesionales a revisar este tipo de relaciones para garantizar su seguridad jurídica, optimizar su gestión contable-fiscal y minimizar riesgos futuros. Un asesoramiento preventivo suele ser la mejor herramienta para evitar problemas cuando la Administración realiza una inspección o surge un conflicto entre las partes.
